La Asamblea General Universitaria (AGU) es el máximo organismo normativo y elector de la universidad; es, además, el órgano supremo para la interpretación de sus fines y la conservación de sus instituciones, todo dentro del marco de las atribuciones que la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador determina (artículo 16, Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador).
Atribuciones de la Asamblea General Universitaria
a) Procurar que la legislación universitaria permita el desarrollo adecuado de la Universidad conforme a las necesidades del país.
b) Velar por la perfecta armonía de la legislación universitaria entre sí y con el marco jurídico del país, asi como por su aplicación.
c) Garantizar que la elección de los funcionarios universitarios, sea de acuerdo con las necesidades y circunstancias y en el plazo estipulado (artículo 3, Reglamento Interno de la Asamblea General Universitaria).
Atribuciones de la Asamblea General Universitaria
a) Procurar que la legislación universitaria permita el desarrollo adecuado de la Universidad conforme a las necesidades del país.
b) Velar por la perfecta armonía de la legislación universitaria entre sí y con el marco jurídico del país, asi como por su aplicación.
c) Garantizar que la elección de los funcionarios universitarios, sea de acuerdo con las necesidades y circunstancias y en el plazo estipulado (artículo 3, Reglamento Interno de la Asamblea General Universitaria).
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