31. Reglamento Especial de la Defensoría de los Derechos de los Miembros de la Universidad de El Salvador.

La Constitución de la República en el artículo 1 reconoce al ser humano como el origen y fin del Estado; por lo que la Universidad de El Salvador, en sus actuaciones, debe garantizar a los universitarios, el respeto a sus derechos y libertades fundamentales. Por lo tanto el objeto del presente Reglamento es regular la organización, funcionamiento y procedimiento para la intervención de la Defensoría de los Derechos de los Miembros de la Universidad de El Salvador.
En esteReglamento se utilizan las siguientes abreviaturas:
a)La Universidad de El Salvador: “La Universidad” o “UES”;
b)La Defensoría de los Derechos de los Miembros de la Universidad de El Salvador: “La Defensoría”;
c)El Defensor de los Derechos Universitarios: “El Defensor”;
d)El Defensor Auxiliar de los Derechos Universitarios: “El Defensor Auxiliar”;
e)La Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador: “La Ley Orgánica”;
f) El Reglamento General de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador: “El Reglamento General”; y
g) El Reglamento Disciplinario de la Universidad de El Salvador: “El Reglamento Disciplinario”.
Los derechos de los miembros de la UES o de la comunidad universitaria, o simplemente los derechos universitarios, son las facultades reconocidas a las personas en la Constitución de la República, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en lo aplicable, las leyes y los reglamentos universitarios.
Son funciones básicas de la Defensoría, respecto de los derechos de los miembros de la UES o de la comunidad universitaria, las siguientes:
1) La promoción de los derechos.
Debe entenderse que comprende además de lo previsto en el Reglamento General, todas las acciones o intervenciones del Defensor y su personal, en beneficio del conocimiento, difusión e investigación situacional de los derechos y deberes de la Comunidad Universitaria; igualmente, en relación con el cumplimiento de las atribuciones u obligaciones de los órganos de gobierno de la UES que tengan relación o incidencia con tales derechos.
2) La protección, defensa o tutela de los derechos.
Debe entenderse toda intervención del Defensor y su personal, contra actos u omisiones de las autoridades que presumiblemente lesionen o amenacen lesionar, los derechos o facultades de los miembros de la universidad.

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