33. Reglamento General del Proceso de Ingreso de Aspirantes a Estudiar en la Universidad de El Salvador.


La Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador, establece que el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes se regulará conforme a lo que establezca el reglamento correspondiente por lo tanto el presente reglamento, tiene por objeto establecer el régimen jurídico que regulará el proceso de ingreso de los aspirantes a estudiar carreras de Pregrado en la Universidad de El Salvador.
Serán competentes para la aplicación del presente reglamento: El Consejo Superior Universitario, El Vice-Rector Académico, las Juntas Directivas de las Facultades, y los Organismos que se creen en el presente reglamento, en el ámbito de sus respectivas competencias.

En este Reglamento se utilizan las siguientes abreviaturas que indicarán:
1) UES o “ La Universidad”: Universidad de El Salvador;
2) “AGU”: Asamblea General Universitaria
3) CSU o “El Consejo”: Consejo Superior Universitario;
4) JD: Junta Directiva de las Facultades;
5) Vicerrector: Vicerrector Académico;
6) CONI-UES: Comisión de Nuevo Ingreso de la UES;
7) “Comisión”: Comisión de Selección y Admisión de cada facultad; y
8) AGEUS: Asociación General de Estudiantes Universitarios.
En el presente reglamento, toda referencia a cargos, funciones o condiciones de personas, se entenderá indistintamente en género femenino y masculino.

En este Reglamento, por su carácter especial, será de aplicación general y obligatoria en la UES, y no podrá ser contrariado por normas contenidas en otros reglamentos específicos de Facultades o Unidades en la UES.
El CSU, en la aprobación de las políticas de nuevo ingreso, tomará en cuenta los siguientes principios orientadores:
1) Accesibilidad de la población estudiantil a la educación superior universitaria;
2) La justicia social y equidad en el proceso de nuevo ingreso, para que todos los aspirantes compitan en igualdad de condiciones;
3) La accesibilidad a la educación formal universitaria pública de óptima calidad;
4) La transparencia, equidad, organización y eficiencia en el proceso de selección; y
5) La promoción de las carreras que sean consideradas estratégicas para el desarrollo social del país.
Las Juntas Directivas establecerán el cupo disponible en las diferentes carrera de cada Facultad, técnicamente sustentado de acuerdo al espacio físico, planta docente, disponibilidad de equipo académico y franja de horario.
Las comisiones operativas del proceso de ingreso serán:
1) La Comisión de Ingreso de Aspirantes de la UES a nivel central; y
2) La Comisión de Selección y Admisión por Facultad.

Integración de la CONI-UES
La Comisión de Ingreso de Aspirantes de la UES (CONI-UES) estará integrada por:
1) El Vicerrector Académico;
2) Los Vice Decanos de las Facultades; y
3) Dos representantes estudiantiles designados por la AGEUS.

La CONI-UES será coordinada por el Vicerrector Académico y tendrá las atribuciones siguientes:
1) Proponer al CSU las políticas de admisión para el nuevo ingreso;
2) Coordinar la promoción, selección y admisión de aspirantes a ingresar a la UES;
3) Designar el equipo docente que elaborará el temario y la prueba general de conocimientos;
4) Publicar los listados de los aspirantes seleccionados; y
5) Las demás que señalen los reglamentos universitarios pertinentes.
La Comisión de Selección y Admisión de cada Facultad estará integrada por el Vice Decano, quien la coordinará, tres miembros del Comité Técnico Asesor y tres docentes seleccionados por la Junta Directiva.
En la Comisión habrá participación de dos representantes estudiantiles designados por la Asociación General de la Facultad respectiva legalmente inscrita o en su defecto, por la Asamblea de Representantes Estudiantiles de grupos de clase de la Facultad, para el cumplimiento de las atribuciones consignadas en los numerales 3, 4, 5, 6 y 7 del Art. 10 del presente Reglamento.
Las decisiones al interior de la Comisión se tomarán con los votos de la mitad más uno de los presentes.


La Comisión de Selección y Admisión tendrá las atribuciones siguientes:
1) Elaborar el cuestionario y/o temario de la prueba de conocimientos específica, producto del curso propedéutico;
2) Elaborar, administrar y evaluar la prueba de conocimientos específica;
3) Elaborar criterios de selección de aspirantes y presentarlos para aprobación ante J.D;
4) Elaborar criterios de decisión cuando se exceda el cupo, o éste no logre completarse, debiendo presentarlos a J. D. para su conocimiento y aprobación;
5) Analizar los resultados del examen de selección;
6) Elaborar cuadros y listados de aspirantes seleccionados, de acuerdo a los resultados del proceso de selección; y
7) Remitir cuadros y listados de seleccionados a J.D. para su aprobación, para que ésta los remita a la Vice-Rectoría Académica para su respectiva publicación.

El proceso de ingreso tendrá las siguientes fases:
1) Promoción;
2) Selección;
3) Admisión; y
4) Ambientación.


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